Por todas las consideraciones anteriores este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por la ciudadana GLENDA IMENA BLACKMAN, contra la ciudadana MELIZA YRAIDA CERDEL OROPEZA ambas plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena a la ciudadana MELIZA YRAIDA CERDEL OROPEZA a entregar a la accionante de manera real y efectiva libre de personas o cosas el inmueble objeto del contrato de arrendamiento constituido por el apartamento Nº 1-D-01, ubicado en el primer piso del edificio 01, Urbanización Parque Residencial El Marqués, Sector Los Azulejos, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, sin plazo alguno y en el mismo buen estado en que declaró haberlo recibido.