Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano MEDERSON OLIVARES, se acuerda la prosecución de la presente causa por el Procedimiento Ordinario conforme a lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítanse las presentes actuaciones al representante del Ministerio Público presentante, a los fines que le competen, una vez transcurrido el lapso legal para ello, publíquese, diarícese, regístrese, y notifíquese a las partes.