Primero: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el ciudadano Luis Rostro, en su carácter de Presidente del “Centro Hispano Venezolano del Estado Miranda”, parte demandada en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoara la CORPORACION GRUPO 4004 C.A., todos identificados, contra la decisión dictada en fecha 31 de mayo de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que declarar con lugar la impugnación del poder apud acta otorgado en fecha 10 de marzo de 2005, ejercida por la representación judicial de la parte demandante