Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO realizado por el abogado PETRONIO RAMON BOSQUES, inpreabogado Nro. 43.697, apoderado judicial de la parte actora ciudadanos MARLENIS DEL CARMEN ZAMBRANO ADARMES, JOSE JUVENAL BATISTA VARGAS Y DAVID FEDERICO NASCIMIENTO ZAMBRANO, y de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.