...este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 12 y 43 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: RATIFICADO en la forma prevista en el artículo 350 del Código de Procedimiento Civil, el documento poder que acredita la representación judicial de los abogados VIDAMR FRANCO, ELSA HERRERA CASTAÑO y JESÚS CAMARGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 226.064, 37.410 y 37.400, como apoderados judiciales del ciudadano JUAN JOSÉ SABATE LEÓN, titular de la cédula de identidad No. 6.056.987, en su carácter de Coordinador de General, de la Asociación Civil Vecinos de Club de Campo AVCC, y en consecuencia SIN LUGAR la IMPUGNACIÓN DEL PODER Y REPRESENTACIÓN DEL CIUDADANO JUAN JOSÉ SABATE LEON, antes identificado, propuesta por la parte actora.....