Se decreta el Sobreseimiento de la causa en relación al Delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2do en relación con el artículo 417 y LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES , todo de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ordinal 4y 5to respectivamente previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1ero en relación con el artículo 415