Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy de conformidad con la estipulación contenida en el artículo 254 del Código Orgánico Procesal Penal por la presente decisión MOTIVA la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en contra de la imputada ANGELICA YOSELIN GARCIA CARRASQUEL, venezolana, mayor de edad, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, nacida en fecha 07-05-1983, de estado civil solter, de 26 años de edad, desempleada, residenciada en La Mata Sector Arenal Parcela 218, Charallave Estado Miranda, hija de Marìa Carrasquel (v) y Luis Antonio Garcia (v) identificada con la cèdula de identidad nùmero 16.935.906 por su presunta participación en la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÒN contenido en el.....