Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el derecho que tiene el abogado RAFAEL ALFONSO RODRIGUEZ NEIRA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-5.123.170, a cobrar a la ciudadana OMAIRA DURÁN CORONEL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-8.091.664, HONORARIOS. PROFESIONALES por actuaciones judiciales realizadas en la causa principal signada con el número 17.790.-
Notifíquese a las partes de la presente decisión.