Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ARMANDO JAVIER HERGUETA GONZÁLEZ y LUISA AMANDA GARCÍA de HERGUETA, ampliamente identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veintiocho (28) de mayo del año dos mil dos (2002), ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Los Salias del estado Miranda, según consta de Acta Nº 52, Folio 52, del año 2002, por el artículo 70 del Código Civil de Venezuela.