Siendo que los acusados KELVIN ALBERTO MENDOZA TENESE y ROMER DANIEL ZAMORA PAIVA, titulares de las cedulas de identidad V-25.671.465 y V-22.778.652, respectivamente, manifestaron su libre voluntad de no admitir los hechos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control, ordena abrir el Juicio Oral y Público respectivo, por su presunta responsabilidad en la comisión de los delitos ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones para el ciudadano KELVIN ALBERTO MENDOZA TENESE y el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal para el ciudadano ROMER DANIEL ZAMORA PAIVA, ello en atención a lo consagrado en nuestra norma adjetiva penal en su artículo 314 numeral 4.
CAPÍTULO VII
EMPLAZAMIENTO DE LAS PARTES y ORDEN DE REMISIÓN
DEL PRESENTE ASUNTO AL .....