IV
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte codemandada, ciudadana DOLORES MIGUELINA AZUAJE DE DÍAZ –aquí codemandada-, debidamente asistida por el abogado en ejercicio OSCAR GUILLEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 159.282, contra el auto de admisión de pruebas dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy en fecha 6 de agosto de 2018; motivo por el cual se CONFIRMA el aludido auto, conforme a los razonamientos expuestos en la presente sentencia, quedando por vía de consecuencia INADMITIDA la prueba de experticia promovida por la parte demandada en su .....