Este Tribunal acoge la precalificación jurídica dada a los hechos por el delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículos 5 y 6 en concordancia con el numeral 8° de la Ley Sobre El Hurto y Robo De Vehículos Automotores. TERCERO: La representación del Ministerio Público, ha solicitado conforme a lo dispuesto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se siga el presente proceso a través del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, toda vez que se hace menester la práctica de diligencias, orientadas al total esclarecimiento de los hechos; lo cual comparte este Tribunal y así lo acuerda. CUARTO: Con relación a la Medida de coerción personal solicitada, en este caso la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, requerida por el Fiscal del Ministerio Público, en contra del imputado ESTEBAN DE JESUS PEREZ MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-27.053.205, observa este Juzgador al examinar el contenido del artículo 250, 251 y 252 del Código .....