Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Abogada Belkis Josefina Barbella Infante, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 24.932 quien actúa en su condición de apoderada judicial de la parte demandada ciudadanos HILDA MARGARITA BATISTA de DUARTE y ALEXANDER OVIDIO DUARTE BATISTA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 614.052 y V- 11.037.429, respectivamente, contra la sentencia dictada en fecha 10 de octubre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, la cual queda CONFIRMADA.
Segundo: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada
Tercero: Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen, en su debida oportunidad legal.
Cuarto: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho, y déjese copia de la presente.....