: REVOCA LA SANCIÓN DE LIBERTAD ASISTIDA, por incumplimiento, impuesta al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, por haber sido declarado responsable en la comisión de los delitos de HURTO CON FRACTURA, previsto en el artículo 453.4 del Código Penal y TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la ciudadana ELIBETH CONCEPCION VAAMONDE TORREALBA y en su lugar lo SANCIONA CON LA MEDIDA SOCIOEDUCATIVA DE PRIVACION DE LIBERTAD, POR EL LAPSO DE DOS (02) MESES, DECLARANDOLO EN REBELDIA, ordenándose en consecuencia, SU CAPTURA, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 segundo aparte, en relación con el artículo 617 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.