este Tribunal admite la querella presentada, de conformidad con el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, Así mismo por cuanto en el escrito de querella, señalan que por los hechos allí relatados se interpuso denuncia ante la delegación de Guarenas del Cuerpo de Investigación Científicas Penales y Científicas, en fecha 02-03-2004, se acuerda oficiar al referido Órgano Policial solicitando información en relación a que la Fiscalia quedo notificada a esa denuncia. Líbrese oficio. Notifíquese a los Querellantes y a los Querellados.