Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1.- CON LUGAR la demanda que por ACCION REIVINDICATORIA, incoado por la ciudadana FANNY ANDREA MOLANO ESPINOZA, de nacionalidad colombiana y portadora de pasaporte colombiano Nº CC-53.910.724, con domicilio en la ciudad de Bogotá, Colombia, aquí de transito, contra la ciudadana MIGDALIA JOSEFINA PARRA MIJARES, titular de la cedula de identidad Nº. V-6.420.275
2.- Se ordena la restitución a la ciudadana FANNY ANDREA MOLANO ESPINOZA, de nacionalidad colombiana y portadora de pasaporte colombiano Nº CC-53.910.724, con domicilio en la ciudad de Bogotá, Colombia, aquí de transito, del inmueble cons.....