En fuerza de las razones que han sido anteriormente expuestas y cumplidos como se encuentran los requisitos de procedibilidad de la cautelar peticionada, este Tribunal autoriza a la accionante a ocupar el inmueble constituido por un lote de terreno integrado por dos (2) secciones que hoy forman un todo, donde se encuentra construido un salón propio para la explotación mercantil, ubicado en la Calle Bermúdez del Municipio Los Teques, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, hoy Municipio Guaicaipuro del mismo Estado Miranda, cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE, en doce metros con cuarenta centímetros (12,40 mts) de longitud con inmueble que es o fue de Joaquín Pérez López. SUR, en doce metros con cuarenta centímetros (12,40 mts) de longitud con casa que es o fue de los sucesores de León Díaz. ESTE, en diez metros con setenta centímetros (10,70 mts) de longitud con la Avenida Bermúdez y OESTE, en once metros (11 mts) de longitud, terreno que constituye la segunda sección .....