Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, Cambiar la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena (Destacamento De Trabajo), que venía cumpliendo el ciudadano WILFREDO JESUS MANZANILLA, titular de la cedula de identidad Nº 18.729.684, Venezolano, Natural de Valera, Estado Trujillo, Nacido en fecha 08-01-1987, de 26 Años de Edad, de Estado Civil: Soltero, de Profesión u Oficio: Traqueador y Amanzador, Residenciado en: Araguita II, Sector La Vaquera, Vereda 48, Casa Nº 10, Ocumare del Tuy, Estado Bolivariano de Miranda, hijo de Maria Gladis Manzanilla (V) y Ernesto Godoy (V), por la FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA (REGIMEN ABIERTO), todo de conformidad con lo previsto en los artículos 471 numeral 1 y 500 primer .....