...este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILAITORIO PRESENTADO POR LAS PARTES, de conformidad con los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 de su Reglamento y 1.716 del Código Civil Venezolano, en los términos establecidos, dándole efectos de COSA JUZGADA. Ahora bien, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se da por concluido el proceso, culminado, y extinguida la instancia. Se solicita a la Secretaria del despacho expedir copias certificadas de la presente acta tal como lo preceptúa el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este acto se hace entrega a las partes del material probatorio presentado al despacho al inicio de la Audiencia Preliminar.