CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos BANDRES ROSALIA Y HIPOLITO PORFIRIO GONZALEZ PIÑERO, identificadas Ut supra, con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009,DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano: AURELIO MONTON FORTEA, titular de la cédula de identidad Nº E-81.809.421,sobre unas bienhechurías construidas en un terreno de propiedad Municipal, el cual tiene una superficie de CIENTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (195,36 MTS/CM2), siendo que dichas bienhechurías poseen un área de constru.....