DECLARA EJECUTADA, la sentencia dictada en contra de GARCIA SOJO OMAR ANTONIO, quien es venezolano, con Cédula de Identidad N° 17.303.768, de profesión u oficio albañil, con residencia familiar en la vega calle siete de septiembre, casa sin número cerca de la capilla. Caracas., por el Tribunal Segundo de Control este mismo Circuito Judicial, por encontrarlo culpable en la comisión de los delitos ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 del Código Penal derogado, en relación con el segundo aparte del 80 y el 277 ejusdem, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, así como también a las accesorias contenidas en el artículo 13 ejusdem. Y así mismo se declara establecido el cómputo de la pena, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479.1, 480 y 482, todos del Código Orgánico Procesal Penal.