Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA la solicitud de la defensa en relación a la revisión de medida privativa de libertad BERMEJO ALVAREZ DOUGLAS, venezolano, nacido el día 21 -10-1987, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad No V.-19.085.577 , de profesión u oficio, ayudante de electricista, hijo de Carmén Luisa Escobar (v) y de Alberto Soto (f), domiciliado en Barrio las Clavellinas, Sector Tanque 2, calle Real, casa No 20, Guarenas, Municipio Plaza, Estado Miranda, toda vez que no se han realizado modificaciones en las razones que motivaron al Juez de Control a decretar la privación preventiva de libertad del acusado