DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA la medida cautelar sustitutiva que le fuera acordada de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3º en su lugar ordena la PRIVACIÓN DE LIBERTAD del ciudadano BELOÑA ROA JUAN JAVIER, de nacionalidad venezolana, de 27 años de edad, estado civil soltero, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de profesión u oficio Tapicero, nacido el 25-05-77, titular de la cédula de identidad N° 14.966.471, hijo de los ciudadanos BEATRIZ ROA y DAVID EDUARDO BETEÑO ambos fallecidos de conformidad con lo establecido en el artículo 262, ordinales 2° y 3º del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia líbrese Boleta de Encarcelación anexa a Oficio dirigido a la División de Cap.....