PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de TERCERIA en relación a la PREFERENCIA OFERTIVA, interpuesta por la ciudadana Eda Tulmira Ochoa Constante, extranjera, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº E- 81.232.478, contra los ciudadanos Jesús Isrrael Mendoza Blanco y Indrani Yarabi Castillo Hidalgo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.331.469 y V- 17.555.188, respectivamente
SEGUNDO: Por haber resultado vencida totalmente la parte demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se le condena en costas.-