Finalmente, verificada como ha sido la capacidad del abogado JOSÉ MIGUEL CARVAJAL GONZÁLEZ, para desistir del procedimiento en cuestión y siendo que la presente causa no versa sobre materia en la que se encuentren prohibidas actuaciones de auto composición procesal, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento efectuado por el apoderado judicial de la parte supra identificado y aprobado por la parte demandada. En consecuencia, se declara extinguida la instancia de conformidad con lo establecido en el Artículo 266 ejusdem.