DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por el ciudadano ARGELIS HUMBERTO RIVAS VELA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.279.732, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil en concordancia con la Sentencia N° 446/2014 SCTSJ, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo conyugal que los une a los ciudadano: ARGELIS HUMBERTO RIVAS VELA, y MARIELA JOSEFINA MORILLO DE RIVAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-6.279.732 y V-10.076.654, respectivamente., en virtud de la formalización de la Unión Estable de Hecho celebrada ante el Registro Civil del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha cinco (5) de enero de 1987, según consta del Acta para la Regularizar la Unión Concubinario Nº 02, inserta en el Libro de Actas para Regularizar la Unión Concubinaria, llevado por el Registro Civil del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda. .....