Este Tribunal Primero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda Extensión Barlovento, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA a los ciudadanos DANIEL EDUARDO OVIEDO TOVAR Y HECTOR BRAGMAL MENDOZA, plenamente identificado al comienzo de la presente acta, para DANIEL EDUARDO OVIEDO TOVAR en CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES de PRISIÓN y para HECTOR BRAGMAL MENDOZA en TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) AÑOS Y CUATRO (04) MESES de PRISIÓN. SEGUNDO: Igualmente se CONDENA a los ciudadanos a cumplir con las penas accesorias a la de Prisión establecida en el artículo 16 del Código Penal, esto es Inhabilitación Política por el tiempo de condena, y Sujeción a la Vigilancia por una quinta parte de la pena una vez este termine. TERCERO: Se exonera del pago de costas procesales, de conformidad con el principio de gratuidad establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Ve.....