Emite los siguientes pronunciamientos: Primero: De conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el procedimiento ordinario respecto al hecho por el cual fue aprehendido el ciudadano: FIGUERA ORTIZ ORLANDO RAFAEL, Segundo: Dada la solicitud realizada por la defensa dentro de sus alegatos, y Acordada la Libertad sin restricciones y por cuanto la Vindicta Pública no ha acreditado elementos suficientes para decretar la flagracia y por ende una medida cautelar sustitutiva de Libertad, y en este mismo orden, para esta Juzgadora no se encuentran satisfechos los extremos exigidos por el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, entre ellos los plurales y fundados elementos de convicción, aunado a que no se comprueba el Cuerpo del delito , es por lo que, este órgano jurisdiccional atendidos los principios de afirmación de la libertad y excepcionalidad de las medidas de coerción personal, a tenor de los artículos 9.....