...por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Se declaran sin lugar la solicitud de la Defensora Privada en cuanto a que la aprehensión del imputado no fue de manera flagrante, toda vez que en relación a la decisión proferida por este juzgado en fecha 24 de junio del 2010, pudieron haber sido ejercidos los recursos a que hubiera lugar en su oportunidad legal correspondiente.
SEGUNDO: Se declara sin lugar la excepción opuesta por la defensa pública, contenida en el artículo 28, numeral 4, 28 literal "i" del código Orgánico Procesal Penal, por considera este Tribunal que la acusación presentada cumple con los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal , especialmente con los requisitos de los numerales 2, 3, 4 y 5 ejusdem, observa este tribunal que la acusación presentada contiene la relación clara, precisa y circunstancia del hecho que atribuye a cada uno de los imputados; de igual manera la imputación fiscal con expresión de los elementos de c.....