...CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSUE PASCUAL MACIAS ORDUZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Maracay, Estado Aragua y titular de la cédula de identidad No. 1.589.156, contra la ciudadana FLOR MARÍA GUZMÁN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 6.461.648 y consecuentemente, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, según consta de Acta de Matrimonio signada con el No. 252, folio 252 de fecha 16 de diciembre de 1975, asentada en los libros de Registro Civil de Matrimonios del Municipio Bolivariano Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, condena a la accionada al pago de las costas procesales, por haber resultado vencida en el presente proceso.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA SENTENCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Ci.....