Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ODILO RAMON ANDELO ALVAREZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.874.468, a sus hijos los ciudadanos MARIA DEL CARMEN ANDELO PARADA y MANUEL ANDELO PARADA