DECRETA la procedencia de la solicitud realizada por la Defensa Pública del penado VERA OMAR ELIECER, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.825.888, en cuanto al permiso navideño, para el lapso comprendido desde el día 22 de diciembre al 03 de enero del año 2009, ambas fechas inclusive, exonerándolo así de cumplir en dichas fechas, con las pernoctas en Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Francisco Canestri", todo ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 479, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en la relación con los artículos 75, 78 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.