Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MARIO ORLANDO CAMEJO CASTRO, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSÉ OMAR RIVERO SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 126.516, contra la decisión dictada por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 10 de octubre de 2025, a través de la cual se declaró DESESTIMADA la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el prenombrado, en virtud de la oposición planteada por la ciudadana AURA ELENA LUGO ALMEIDA, todos plenamente identificados en autos, conforme al artículo 901 del Código de Procedimiento Civ.....