....Conforme a lo expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso de Abstención o Carencia interpuesto por la Sociedad Mercantil AVÍCOLA GRAN SASSO, C.A, contra la actitud omisiva por parte de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Se ordena a la Inspectoria del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, emitir en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles contados a partir de que conste en autos la notificación de la presente decisión, la Providencia Administrativa correspondiente, y luego deberá informar a este Tribunal el estado de la misma, una vez cumplido lo ordenado, so pena de desacato. No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza no patrimonial.....