Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO por cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano RUBEN DARIO CARRERO PARRA, en fecha 16 de marzo de 1005, contra la FUNDACION DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO MIRANDA (FUDESEM).