en consecuencia, por cuanto no han variado los elementos de convicción que sirvieron de base al juez de control para decretar la privación de libertad la misma se mantiene, por ser legal y ajustado a derecho al no observar violación al proceso seguido al prenombrado ciudadano, en consecuencia se niega la revisión solicitada, por carecer de fundamentación la solicitud, notifíquese a las partes de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal