Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogados ANA LUCIA PASQUALE RIVAS y ORLANDO SANTORO SCATOLINI inscritos en Inpreabogado bajo los N°. 44.443 y 41.120 respectivamente contra la decisión de fecha 17 de junio de 2015 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede con sede en la ciudad de Los Teques. SEGUNDO: SE HOMOLOGA el desistimiento respecto de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante, abogado MARIANO GIANNANTONIO HERNANDEZ anteriormente identificado, teniéndose como sentenci.....