En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ACUERDA CON LUGAR LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO a favor del ciudadano CESAR LEONARDO VERDU MOSCO, quien es de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad V- 17.919.209, natural de Caracas, donde nació en fecha 25-10-1985, edad 27 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Mariana Mosco (v) y de Cesar Verdu (v), de profesión u oficio Electricista, residenciado en: Urbanización 27 de Febrero, Bloque 19, piso 6, Apartamento 06-06, Guarenas, Municipio Plaza, Estado Miranda, ,Teléfono: 0416-835-29-43,, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, en rel.....