´Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil vigente, DECLARA, a las ciudadanas CRICEIDI MARIANA PEREIRA ORTUÑO, CARMEN CRISTINA PEREIRA ORTUÑO y LUZ BISAYS PEREIRA ORTUÑO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-17.773.845, V-16.057.513 y V-17.774.094, respectivamente, UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, de la De-Cujus ciudadana OTILIA MERCEDES ORTUÑO ARAY, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.512.761. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
-DIARICESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE, Y DEJESE COPIA CERTIFICADA-.....