Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le Confiere la Ley, Declara: PRIMERO: REVOCA la decisión del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal y Sede, de fecha 28 de Octubre del año 2002, que DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA de la Audiencia celebrada en fecha 02 de abril del año 2002 y se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía actuante, otorgándole un plazo perentorio, tomando en cuenta para ello la gravedad o no de los hechos y su complejidad, a objeto de que culmine la investigación y presente el respectivo acto conclusivo. Vencido el lapso que a bien considere otorgar el Tribunal al Ministerio Publico, y este no haya presentado el respectivo acto conclusivo, se dará cumplimiento al últi.....