En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ACUERDA CON LUGAR LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL LAPSO DE TRES (03) MESES a favor de la ciudadana CARMEN BEATRIZ BLANCO GONZALEZ, quien es de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad V- 19.205.320, natural de Rio Chico, Estado Miranda, donde nació en fecha 20-05-1984, edad 29 años de edad, de estado civil soltera, hija de Margot González (v) y de Domingo Blanco (v), de profesión u oficio Comerciante, residenciado en: Rio Quebrada de Cua, Sector La Coromoto, Callejón El Jobo, Casa s/n, al lado de la las Residencias La Alemanaza, Los Valles del Tuy, Estado Miranda. Teléfono: 0424-138-61-93, por la comisión del delito de ULTRAJE A.....