Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:CON LUGAR la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, interpuesta por la ciudadana MARGARITA RODRIGUEZ GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-8.023.955, asistida de su apoderada judicial abogada LIZ FATIMA PEREIRA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 97.613, contra los ciudadanos JOSE AMILCAR GUAINA y OLGA DEL VALLE MEJIAS CHACIN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro. 3.688.346 y 4.902.776.