EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1, de esta misma Circunscripción Judicial y sede, en contra de WLADIMIR VIEDMAN MURILLO, titular de la Cédula de Identidad No V- 16.589.509, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 458, y así mismo a los fines previsto en los artículos 482 y 494, ordena la ratificación de la practica de los exámenes psico-sociales.