Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado RAMÓN JOSÉ GARCIA LÓPEZ, en su carácter de Defensor Privado del condenado LUIS ANTONIO UTRERA; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 12 de julio de 2005 y publicada el 05 de agosto del mismo año, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante la cual CONDENO al ciudadano LUIS ANTONIO UTRERA, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, por ser autor responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 407 y 278 del Código Penal en concordancia con el artículo 74 ordinal 4 eiusdem.