VII
DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ MIGUEL LOMBARDO GIAMBALVO en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 7 de febrero de 2019, la cual se REVOCA en todas y cada una de sus partes; y en tal sentido, se declara SIN LUGAR la acción de DESALOJO interpuesta por el ciudadano ANTONIO CORTESI, contra la sociedad mercantil INVERSIONES Y SERVICIOS AUTOMOTRICES G & A 98, C.A., plenamente identificados en autos.
De conformidad con el artículo 281 del Código de Proc.....