Por las razones de hecho y de derecho expuestas precedentemente, este TRIBUNAL UNIPERSONAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SE ABSUELVE al ciudadano CARLOS ENRIQUE MUÑOZ, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, titular de la cedula de identidad N° 14.839.157, soltero, fecha de nacimiento 26/08/1981, de 27 años de edad, de profesión u oficio indefinido, hijo de MERCEDES MUÑOZ (V) Y de padre DESCONOCIDO, Residenciado en: San francisco de Yare, calle el ejercito, casa sin numero, del Estado Bolivariano de Miranda, por la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 374, Concatenado con el Artículo 77, ordinales 1°, 8°, 11°, 12°, 15° 16° y 20° del Código Penal, con relación al artículo 8 ejusdem y el artículo 49 ordinal 2° de la C.....