Este tribunal de manera sumaria ORDENA al Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, así como al Registrador Principal del Estado Bolivariano de Miranda, a realizar la debida nota marginal en el ACTA DE MATRIMONIO signada con el No. 310, perteneciente a los ciudadanos MANUEL TEIXEIRA AFONSO y MARIA AURORA PERNIA SOTO, la cual fue expedida por el Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha primero (1°) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), a fin de que se escriba correctamente el nombre del padre de la cónyuge del solicitante, pues en la mencionada acta se colocó erróneamente: "(...) hija de PEDRO ANTONIO PERNIA (...)", cuando lo correcto era: "(...) hija de PEDRO PERNIA (...)"