Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANTEA DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a las atribuciones conferidas mediante Resolución Nº 2009-006 de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en fecha 02/04/2029 en Gaceta Oficial Nº 39.152, y de conformidad con el articulo 937 ejusdem, DECRETA: como UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus RAFAEL ANTONIO MURILLO MORA, quien en vida era de nacionalidad venezolana y titular de la cedula de identidad Nº V-12.045.217, a sus únicos herederos, los ciudadanos: MARLENE SANDOVAL (cónyuge), RAFAEL SANTIAGO MORILLO SANDOVAL, ANTHONY JOSE MORILLO SANDOVAL y GLADIUSKA MIRLENI MORILLO SANDOVAL (hijos), titulares de las cedulas de identidad Nros. : V-12.112.926, V-25.230.792, V-25.751.....