Se deja constancia que la Parte Demandante CRUZ ALEXI QUIÑONEZ ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°4.674.853 no compareció ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.