...declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA SOLICITUD DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, incoada por el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-IDENTIDAD OMITIDA, actuando en su propio nombre y en contra de su progenitor, el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-IDENTIDAD OMITIDA, en consecuencia, SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en beneficio del adolescente de autos, en la cantidad de BOLIVARES OCHOCIENTOS CON 00/100 CTS. (Bs. 800,00), mensual y consecutiva, equivalente al 51% del Salario Mínimo Urbano mensual vigente, el cual está establecido actualmente por el Ejecutivo Nacional en Bs. 1.548,21, de conformidad con lo previsto en el último Aparte del Artículo 369 supra indicado, suma ésta que deberá ser entregada directamente al Adolescente o depositados en una cuenta que él designe para tal fin, en partidas quincenales por la cantidad de BOLIVARES CUATROCIENTOS CO.....